El pasado mes de julio se publicó la Orden PJC/780/2025, una actualización muy esperada del Anexo IX del Reglamento General de Vehículos, que regula las masas y dimensiones máximas permitidas para los vehículos de transporte por carretera. La medida, que se aplicará de forma escalonada entre julio de 2025 y enero de 2026, supone un cambio importante en la operativa diaria de las empresas de transporte y en la configuración técnica de los vehículos.
Desde APTA hemos seguido de cerca esta modificación normativa y participamos en el webinar técnico organizado por ARTEVIAL, donde se analizaron en detalle los cambios del Anexo IX y su impacto para los profesionales del sector. Esta sesión permitió resolver dudas sobre los nuevos límites, plazos de aplicación y requisitos técnicos de los vehículos.
Más peso, más flexibilidad y un paso hacia la sostenibilidad
Entre las principales novedades destaca el aumento del peso máximo autorizado para los conjuntos articulados de cinco ejes, que pasa de 40 a 44 toneladas. Además, los vehículos propulsados por combustibles alternativos o de emisión cero podrán añadir hasta 3 toneladas adicionales, en función de su tecnología y del tipo de servicio que realicen.
También se contemplan 2 toneladas extra para el transporte intermodal, lo que facilita la combinación entre carretera, ferrocarril y barco, impulsando así un modelo logístico más eficiente y sostenible.
Vehículos más largos y más altos
La nueva orden amplía la longitud máxima de los vehículos euro-modulares hasta 32 metros, y permite una altura de 4,5 metros en determinados supuestos (como el transporte de animales vivos, pacas o contenedores ULD). Estos cambios buscan adaptarse a las necesidades reales del transporte y a la evolución tecnológica del sector.
Calendario de aplicación gradual
Para facilitar la adaptación, el Ministerio ha establecido un calendario en tres fases:
- 24 de julio de 2025: entrada en vigor de los nuevos límites de altura y dimensiones.
- 23 de octubre de 2025: aplicación de las nuevas masas máximas (incluidas las 44 toneladas).
- 23 de enero de 2026: entrada en vigor de las modificaciones para vehículos cisterna.
Este enfoque progresivo permitirá a las empresas planificar la adaptación de sus flotas y procesos operativos sin impactos bruscos.
Un cambio con implicaciones prácticas
Aunque el incremento de pesos y dimensiones pueda parecer una simple actualización técnica, en la práctica afecta a la configuración de los vehículos, al cálculo de costes y al cumplimiento de las ITV. Las empresas deberán prestar atención a las nuevas tablas y definiciones, especialmente aquellas que afectan a vehículos sostenibles, transporte intermodal o forestal.
En resumen
La Orden PJC/780/2025 representa un avance hacia un transporte más eficiente y respetuoso con el medio ambiente, alineado con las políticas europeas de descarbonización. No obstante, su correcta aplicación requerirá información, adaptación técnica y coordinación entre fabricantes, transportistas y administraciones.