¿Cómo afecta la normativa de envases a nuestra sector? ANCERA te lo pone fácil y claro

ANCERA ha elaborado un documento con el objetivo de facilitar la comprensión y aplicación de la normativa 1055/2022, que regula la responsabilidad en la gestión de los residuos derivados de los envases. El cumplimiento de esta normativa es crucial para garantizar una adecuada gestión ambiental y evitar sanciones que pueden derivarse de su incumplimiento.

Responsabilidad en la primera puesta en el mercado

La normativa establece que el responsable de la primera puesta en el mercado de un producto debe asumir tanto la financiación como la correcta gestión de los residuos generados por estos productos. En el caso de los envases, este responsable (o Productor) puede ser:

  • El envasador.
  • El importador o adquiriente intracomunitario.
  • Quien lo pone por primera vez en el mercado español.

Obligaciones para todos los envases

A partir del 1 de enero de 2025, estas obligaciones aplican a todos los envases, sean domésticos, comerciales o industriales (primarios, secundarios o terciarios).

1. Diseño y marcado

Los envases deben diseñarse para minimizar su impacto ambiental, proteger la salud y evitar daños al entorno. Además, deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Si el envase es reutilizable, debe indicarse con el símbolo SDDR. No se permite el uso de expresiones ambiguas como «respetuoso con el medio ambiente».
  • Los envases deben incluir:
    • El símbolo que acredita su pertenencia a un sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP).
    • En el caso de envases de plástico compostable, la certificación UNE EN 13432:2001 y la advertencia «no abandonar en el entorno».

2. Registro e información

Los productores deben inscribirse en el Registro de Productores de Producto (RPP), proporcionando información detallada sobre los envases comercializados. Además:

  • En la factura se debe incluir el número de registro asignado.
  • Antes de registrarse, los productores deben integrarse en un sistema de RAP o gestionar individualmente sus productos envasados. La mayoría opta por un sistema colectivo, al que deben remitir la información requerida.

3. Quién es considerado productor

Se considera productor a:

  • Una empresa que envasa productos.
  • Un importador.
  • Un distribuidor, si la marca no tiene representante autorizado o si el producto es de marca blanca y el proveedor no asume la responsabilidad.

Si un producto envasado es reenvasado con otros materiales antes de su comercialización, la responsabilidad recae en quien lo comercializa. Este debe registrarse en el RPP, informar sobre los productos, darse de alta en un RAP y gestionar la financiación y facturación.

4. Financiación

El productor está obligado a financiar la recogida y el tratamiento de los envases. En este sentido:

  • Las facturas emitidas deben incluir:
    • El número de registro del RPP.
    • La contribución al SCRAP, de forma diferenciada.
  • Es obligatorio incluir el número de registro en todas las facturas, independientemente del tipo de producto vendido.
  • En el caso de envases reutilizables, esta información debe figurar en todas las facturas a lo largo de la cadena de valor hasta el usuario final.

Penalización por incumplimiento

El incumplimiento de la normativa 1055/2022 puede derivar en sanciones económicas significativas, además de afectar la imagen y reputación de las empresas. Es fundamental que todos los agentes implicados en la cadena de comercialización de productos envasados se adapten a estas obligaciones para evitar posibles penalizaciones y contribuir a una economía más sostenible y responsable.

Exenciones

Los envases exportados están exentos de estas obligaciones.

Podéis ampliar la información en este enlace o bien enviar un mail a ancera@ancera.org